
La Cámara de Diputados de Santa Fe dio este jueves un paso clave al aprobar la nueva ley orgánica de Municipios, introduciendo modificaciones al texto que ya contaba con media sanción del Senado.
La votación se definió con 30 votos a favor del oficialismo y 17 en contra. Al incluir cambios, el proyecto regresó a la Cámara alta, donde finalmente recibió la sanción definitiva.
👉 Entre los puntos más importantes se destaca la ampliación de las facultades de expropiación. A partir de ahora, ya no estarán limitadas a localidades de más de 10 mil habitantes, sino que podrán ser aplicadas por todas las ciudades que tengan Concejo Municipal, siempre por razones de utilidad pública como obras, servicios o cuestiones ambientales.
⚖️ Otro cambio relevante es que se prohíbe la promulgación parcial de ordenanzas. Esto significa que, si un intendente veta una parte de una norma, no podrá promulgar solo un fragmento: deberá completarse todo el proceso legislativo antes de que entre en vigencia.
🔎 También se amplían los mecanismos de control sobre las gestiones locales, permitiendo la participación no solo de organismos regionales, sino también provinciales, nacionales, universidades y entidades profesionales.
🏛 En localidades más pequeñas, la ley incorpora precisiones para garantizar la representación de minorías en las comisiones municipales, asegurando que candidatos de listas no ganadoras puedan ocupar los espacios que les corresponden.
🔄 Además, se ordena el proceso de transición de gobierno, estableciendo la obligación de crear por ordenanza un sistema que contemple una mesa de transición, un informe final de gestión y límites a las decisiones de la administración saliente.
📌 Una reforma que impacta de lleno en el funcionamiento de los municipios y abre un nuevo escenario en la política local de toda la provincia.
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